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AMLO si violo la neutralidad en el proceso electoral dice Morena, pero no se deben anular las elecciones

  • El TEPJF dice que AMLO desde su mañanera, no influyó en el voto

Si bien es cierto que el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) aceptó que, “de manera excepcional, en algunos casos se concluyó” que López Obrador “violó los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad” en algunas de sus conferencias, las sentencias de fondo de la Sala Superior del TEPJF no han vinculado estos hechos “con la elección presidencial”.

Ernesto Madrid

Lo contradictorio del caso es que Morena dice que sí pero no, ya que encontró elementos “mínimos” para que influyese en el voto de la ciudadanía que dio la victoria a la virtual presidente de México, Claudia Sheinbaum de acuerdo con lo que envío al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que está estudiando la impugnación de la elección presidencial del pasado 2 de junio.

Dicha petición fue presentada por la exaspirante opositora Xóchitl Gálvez y los partidos que la apoyaron: el de Acción Nacional (PAN), el Revolucionario Institucional (PRI) y el de la Revolución Democrática (PRD).

Solo que el TEPJF señaló que “De modo que no existe un nexo causal entre las violaciones determinadas y la elección presidencial”, aseguró, y reiteró que “en ninguna conferencia mañanera se advierten llamados expresos a votar a favor de Morena (...) ni de su candidata” e incluso tampoco “en contra de alguna otra candidatura u opción política en dicha elección”.

En el escrito que presentó Morena, aparte de mencionar otras contiendas en que el papel del presidente ha entrado en juego, descarta que existan “elementos mínimos” que acrediten la influencia real de las palabras de López Obrador sobre el “sentido del voto” (de la ciudadanía y mucho) “menos que ello tuvo una repercusión determinante para el resultado de la elección”.

De esta manera, Morena se deslinda de la intervención del presidente López Obrador y sostuvo que la “acreditación de una o varias violaciones” a los mencionados principios constitucionales “no resulta suficiente, por sí misma”, para anular el resultado el electoral del 2 de junio.

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