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PARA LIBERAR A LAURO HINOSTROZA, COFEMITES SUSTENTA EMPLEO DE LA AYAHUASCA COMO MEDICINA TRADICIONAL

Qué se libere a Lauro Hinostroza, ofrece AMLO

Por Marta Oliva Obeso Suro

"Vamos a buscar de que se le libere... seguramente considerando que es una droga y por eso lo detuvieron... y ustedes que se dedican a fomentar la medicina tradicional y son personas serias, como asociación fundamenten que se trata de un tratamiento tradicional”, expresó Andrés Manuel López Obrador, luego de que el 27 de diciembre del 2022, esfera noticia expusiera en Conferencia de Prensa la denuncia hecha por la Confederación Mundial de Medicina Tradicional, Integrativa, Complementaria y Educación en Salud (COFEMITES), asociación que , junto con representantes de los pueblos originarios de México y Perú, han exigido la liberación inmediata del sacerdote y médico indígena, Lauro Hinostroza García, quien desde el 26 de septiembre del 2022, se encuentra preso en México.

Considerado uno de los mayores exponentes y heredero de la medicina ancestral inca, Hinostroza García, también conocido como Tarire Mutsarawa, llegó a México procedente de Lima, Perú, transportando objetos de curación y un preparado de Ayahuasca-Chacuruna, medicina indígena peruana que ha empleado a lo largo de su vida con el único objetivo de propiciar sanación espiritual, emocional y física a quienes han tenido la oportunidad de participar en las Ceremonias Sagradas que encabezan.

Terapeutas, alumnos, historiadores, sociológos, naturópatas, abogados, familiares, amigos, periodistas, académicos y defensores de los derechos humanos, conformabn grupo colegiado que busca demostrar a las autoridades mexicanas y al mundo, la gran injusticia que se ha cometido en contra del curandero peruano, a quien le imputan delitos contra la salud, cuando sus aportaciones han sido precisamente para sanar a las personas con la medicina ancestral conocida como ayahuasca.

Desde el Penal Preventivo Varonil Norte de la Ciudad de México, esfera noticias recibió la llamada telefónica de Lauro Hinostroza, quien nos solicitó que transmitiéramos este mensaje al Presidente de México:

Con 70 años de edad y una vida dedicada a propiciar el acercamiento de los sistemas médicos de los Pueblos Originarios de México y Perú, el chaman peruano expresó encontrarse "sumido en una tristeza profunda y enfermo".

Cabe destacar que en agosto del 2007, al termino de un Encuentro Continental, siendo jefe de gobierno de la Ciudad de México, Marcelo Ebrad Casaubon recibió el bastón de mando de Manos de Lauro Hinostroza, comprometiéndose a escuchar y atender las preocupaciones de los pueblos originariospor recuperar su lengua y tradiciones.  

Por su parte el presidente de COFEMITES, Dr. David Hidalgo Ramírez ha solicitado nuestra intervención para entregar a Andrés Manuel López Obrador el documento en el que se fundamenta el empleo de la ayahuasca como medicina ancestral; mismo en el que se muestra una basta lista de estudios científicos realizados en los laboratorios de importantes Universidades, en los que se demuestra el empleo de la importancia del potencial terapéutico de la ayahuasca y su empleo en beneficio de la salud de los seres humanos, desde tiempos ancestrales.

El documento elaborado por el Dr. José Luis Martínez Bahena, expone lo siguiente:

ASUNTO: Fundamentación del empleo de la ayahuasca ASUNTO: Fundamentación del empleo de la ayahuasca como medicina tradicional y complementaria.

En atención a la solicitud que hiciera el pasado 27 de diciembre en Conferencia de Prensa, luego de que la periodista Marta Obeso expusiera la denuncia hecha por COFEMITES, en representación de miembros de los pueblos originarios adscritos a nuestra agrupación, referente al injusto encarcelamiento del médico tradicional Lauro Hinostroza García; solicitud en la que usted considera necesario que se fundamente el uso médico tradicional de la ayahuasca, un servidor, en mi calidad de presidente de COFEMITES, me permito exponer lo siguiente:

Es de resaltar que existen estudios científicos realizados en los laboratorios de importantes Universidades, en los que se destaca los siguientes resultados: 

a).- Los investigadores:
Dr. José Carlos Bouso, Licenciado en Psicología. Doctor en FarmacologíaInternational Center for Ethnobotanical Education, Research & Service, España; Dr. Rafael Guimarães dos Santos, Licenciado en Biología. Doctor en Farmacología del Departamento de Neurociências e Comportamento, Escola de Medicina de Ribeirão Preto, Universidad de São Paulo, Brasil; Dr. Charles S. Grob, Doctor en Medicina Harbor-UCLA Medical Center, California, EUA; Dr. Dartiu Xavier da Silveira, Doctor en MedicinaUniversidad Federal de São Paulo, Brasil; Dr. Dennis Jon McKenna, Doctor en Ciencias Botánicas del Center for Spirituality and Healing, University of Minnesota, EUA; Dr. Draulio Barros de Araujo, Doctor en Neurología del Brain Institute UFRN, Brasil; Dr. Jordi Riba, Doctor en Farmacología del Grupo de Investigación de Neuropsicofarmacología Experimental de Hospital Sant Pau,Barcelona, España; Dr. Paulo Cesar Ribeiro Barbosa, Doctor en Ciencias Médicas Universidad Estatal de Santa Cruz, Brasil; Dra. Constanza Sánchez Avilés, Doctora en Relaciones Internacionales y DerechoInternational Center for Ethnobotanical Education, Research & Service, España; y la Dra. Beatriz Caiuby Labate, Doctora en Antropología del Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social, México, emitieron un Informe Técnico sobre al Ayahuasca en 2017 con los siguientes resultados (el cual se adjunta):

“Existen algunos estudios en los que se ha explorado el potencial terapéutico de la ayahuasca en población psiquiátrica. Dos estudios recientes han encontrado efectos antidepresivos de la ayahuasca en pacientes con depresión mayor que se han mantenido 21 días tras la administración de una única dosis (Osório et al., 2015; Sanches et al., 2016). En uno de estos estudios este beneficio terapéutico se ha visto reflejado en cambios cerebrales medidos con técnicas de neuroimagen, una prueba objetiva de cambio terapéutico (Sanches et al., 2016). 
Un estudio más reciente ha confirmado el efecto antidepresivo de una sola dosis de ayahuasca comparada con placebo incluso solo un día después del tratamiento (Palhano-Fontes et al., 2017). […already one day after the session] Otros estudios recientes han mostrado eficacia preliminar de la ayahuasca en el tratamiento de las drogodependencias (Fernández et al., 2015; Labate y Canvar, 2014b; Loizaga-Velder y Verres, 2014; Thomas et al., 2013). Si bien la investigación terapéutica es aún incipiente, diversos autores proponen a la ayahuasca también como posible tratamiento para trastornos como el trastorno de estrés postraumático (Nielson y Megler, 2014), o la conducta antisocial, entre otros tantos (Frecksa et al., 2016).” Referencia bibliográfica:International Center for Ethobotanica, Education, Research y Service. “Informe Técnico 2017 Ayahuasca”.  Disponible en: Informe Técnico sobre la Ayahuasca

b).- La Universidad Complutense de Madrid, en su Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI), concluyó que la planta herbolaria ayahuasca:

“Fomenta la formación de nuevas neuronas y, durante siglos, sociedades indígenas de la Amazonia han utilizado la ayahuasca, un té alucinógeno, con fines chamánicos. Un grupo de investigación liderado por la Universidad Complutense de Madrid ha demostrado, en modelos animales, que esta bebida es capaz de formar neuronas y otras células cerebrales, convirtiéndose así en una potencial terapia para trastornos psiquiátricos y enfermedades neurodegenerativas.

Uno de los principales componentes naturales del té amazónico ayahuasca, la dimetiltriptamina (DMT), fomenta la neurogénesis -formación de nuevas neuronas-, según una investigación liderada por la Universidad Complutense de Madrid (UCM). Además de neuronas, el brebaje utilizado con fines chamánicos también induce a la formación de otras células neuronales como astrocitos y oligodendrocitos.

Esta capacidad para modular la plasticidad cerebral indica que tiene un gran potencial terapéutico para una amplia gama de trastornos psiquiátricos y neurológicos, entre los que se encuentran las enfermedades neurodegenerativas”, explica José Ángel Morales, investigador del Departamento de Biología Celular de la UCM y del CIBERNED.

En las enfermedades neurodegenerativas, la muerte de determinados tipos de neuronas ocasiona los síntomas de patologías como el alzhéimer y el parkinson. El ser humano tiene la capacidad de generar nuevas células neuronales, pero depende de otros factores y no siempre es posible.”

Referencia bibliográfica: Universidad Complutense de MadridVicerrectorado de Investigación y TransferenciaOficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI). José A. Morales-García, Javier Calleja-Conde, José A. López-Moreno, Sandra Alonso-Gil1, Marina Sanz-San Cristóbal, Jordi Riba y Ana Pérez-Castillo. “N,N-dimethyltryptamine compound found in the hallucinogenic tea ayahuasca, regulates adult neurogenesis in vitro and in vivo” Translational Psychiatry (2020)10:331. DOI: 0.1038/s41398-020-01011-0.

Disponible en: Enfermedades Neurodegenerativas

c).- En el mismo sentido, la Universidad Autónoma de Barcelona, Departamento de Farmacología, Terapéutica y Toxicología en un estudio realizado por los médicos investigadores José Carlos Bouso Saiz y Jordi Riba Serrano en 2012 concluyeron que:

“Se evidenció un mejor rendimiento neuropsicológico en los consumidores de ayahuasca. De acuerdo tanto a las pruebas objetivas como al cuestionario de autoinforme. Este mejor rendimiento neuropsicológico se mantuvo en general estable para la segunda evaluación.

  • Los consumidores de ayahuasca mostraron mayores propósitos de vida y mayor espiritualidad que los controles. En la segunda evaluación solo se mantuvo estable la mayor diferencia en espiritualidad.
  • Los consumidores de ayahuasca mostraron mayor bienestar psicológico y social que los controles, manteniéndose las puntuaciones en la Escala Global y en la de Vínculos.”

Referencia bibliográfica: Bouso Saiz, José Carlos. “Personalidad, psicopatología y rendimiento neuropsicológico de los consumidores rituales de ayahuasca”. Universidad Autónoma de Barcelona, Departamento de Farmacología, Terapéutica y Toxicología, Barcelona España 2012. Disponible en: Tesisenred

d).- La Universidad Peruana Cayetano Heredia Perú, en su publicación “Revista de Neuro-Psiquiatría ISSN: 0034-8597, Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., señala que:

“Se deja de lado el término “alucinógeno”, con fuerte connotación negativa. Algunos autores proponen el término “lucidógeno”, que considera a los efectos psicoactivos como un estado modificado de conciencia en el cual hay una percepción aumentada de la realidad.

Es necesario comprender y reconocer la naturaleza de la medicina tradicional que, apoyada en los enteógenos, busca un tratamiento integral de la persona. Asimismo, es necesario que los profesionales de la salud tengan una actitud abierta y eviten considerar la experiencia psicoactiva como una actitud equivocada o una actitud de riesgo.”

Referencia bibliográfica:Rojas-Bolívar, Daniel E. “Ayahuasca: el encuentro de dos paradigmas.” Revista de Neuro-Psiquiatría, vol. 77, núm. 1, 2014, pp. 40-47. Universidad Peruana Cayetano Heredia, Lima, Perú. Disponible en: Redalyc.org

Adicionalmente, es importante destacar que ha sido violado el derecho de preservar las costumbres indígenas del médico tradicional Lauro Hinostroza García, ya que no se ha respetado lo dispuesto en el “Convenio (No. 169) Sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes”:“Artículo 5.Al aplicar las disposiciones del presente Convenio: a).- deberán reconocerse y protegerse los valores y prácticas sociales, culturales, religiosos y espirituales propios de dichos pueblos y deberá tomarse debidamente en consideración la índole de los problemas que se les plantean tanto colectiva como individualmente; b).- deberá respetarse la integridad de los valores, prácticas e instituciones de esos pueblos; c).- deberán adoptarse, con la participación y cooperación de los pueblos interesados, medidas encaminadas a allanar las dificultades que experimenten dichos pueblos al afrontar nuevas condiciones de vida y de trabajo.Artículo 3.1.- Los pueblos indígenas y tribales deberán gozar plenamente de los derechos humanos y libertades fundamentales, sin obstáculos ni discriminación. Las disposiciones de este Convenio se aplicarán sin discriminación a los hombres y mujeres de esos pueblos.

Artículo 7.1.- Los pueblos interesados deberán tener el derecho de decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural. Además, dichos pueblos deberán participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente.SEGURIDAD SOCIAL Y SALUD.Artículo 24.Los regímenes de seguridad social deberán extenderse progresivamente a los pueblos interesados y aplicárseles sin discriminación alguna. Artículo 25.Los gobiernos deberán velar por que se pongan a disposición de los pueblos interesados servicios de salud adecuados o proporcionar a dichos pueblos los medios que les permitan organizar y prestar tales servicios bajo su propia responsabilidad y control, a fin de que puedan gozar del máximo nivel posible de salud física y mental. 

Los servicios de salud deberán organizarse, en la medida de lo posible, a nivel comunitario. Estos servicios deberán planearse y administrarse en cooperación con los pueblos interesados y tener en cuenta sus condiciones económicas, geográficas, sociales y culturales, así como sus métodos de prevención, prácticas curativas y medicamentos tradicionales. 

El sistema de asistencia sanitaria deberá dar la preferencia a la formación y al empleo de personal sanitario de la comunidad local y centrarse en los cuidados primarios de salud, manteniendo al mismo tiempo estrechos vínculos con los demás niveles de asistencia sanitaria. 

La prestación de tales servicios de salud deberá coordinarse con las demás medidas sociales, económicas y culturales que se tomen en el país. Es importante destacar que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), emitió un acuerdo “Debe reconocerse la Medicina Tradicional Indígena e incorporar un enfoque intercultural en el Sistema Nacional de Salud: CNDH.” Mediante Comunicado de Prensa DGC/347/17 en la Ciudad de México, a 22 de octubre de 2017. Por el cual dispone que el “Estado mexicano proteja y promueva el derecho fundamental de los pueblos indígenas a acceder y mantener vivas sus prácticas de salud, además de promover la investigación, desarrollo e incorporación de sus productos, prácticas y profesionales en el Sistema Nacional de Salud.”

Así mismo la Secretaria de Salud, publicó la “Política Nacional de Medicina Tradicional Indígena Mexicana”, sustentada en el Programa Sectorial de Salud 2020-2024 describe en sus estrategias y líneas de acción, las políticas de la Secretaría de Salud sustentadas en su Ley General de Salud.Por todo lo expuesto, agradecemos la consideración que tenga a bien instruir a quien corresponda para que se libere al maestro y médico tradicional Lauro Hinostroza García.

Por su parte, el licenciado Alvaro Leonardo Rodríguez, representante del grupo de abogados que definen la estrategia de defensa de Hinostroza García, aseguró que en la detención del médico tradicional, se han registraro una serie de irregularidades que han dejado al descubierlo la gran ignorancia de agentes aduanales y de la Guardia Nacional, respecto al empleo medicinal de plantas como la ayahuasca.  

Asimismo la organización internacional no gubernamental International Center for Ethnobotanical Education, Research and Service (ICEERS), aseguró que ha enviado a la Presidencia de México, una amplia nota informativa en la que se detalla que desde el 8 de marzo del 2023, el Instituto Nacional de Migración (INAMI), ha realizado "una ola de arrestos por el transporte de medicinas ancestrales, acusando del delito de introducción de estupefacientes al país a guardianes del conocimiento ancestral, quienes podrían recibir penas que van de 8 a 25 años en prisión".

Desde entonces a la fecha, "suman nueve personas arrestadas por la supuesta introducción de estupefacientes al país", asegura el ICEERS en el documento y, mientras que en Perú, Colombia y Brasil la ayahuasca ha sido considerada Patrimonio Cultural y se encuentra protegida y permitido su uso por guardianes del conocimiento en ceremonias religiosas y de sanación, en México"no es una sustancia fiscalizada bajo la Ley General de Salud, ni bajo los Tratados Internacionales sobre control de drogas". 

Cabe destacar que el 6 de julio del 2022, en la Conferencia de Prensa de Palacio Nacional, el presidente de México reiteró la importancia de proteger la medicina tradicional como un área prioritaria de la Secretaría de Salud y, el Secretario de la Salud ha declarardo que la medicina tradicional juega un papel importante y citó como ejemplo que los pueblos indígenas que utilizan desde tiempos ancestrales la hoja de coca, con lo que han traído nuevos paradigmas para poner el control de la salud al alcance de todos.

Mientras Lauro Hinostroza, autor de libros, investigador y también académico, espera en prisión que las autoridades mexicanas reconozcan el grave error que se han cometido al imputarle delitos contra la salud, familiares y amigos recolectan firmas a través del sitio: Lauro Libre , con las que pretendan demostrar la interminable lista de personas beneficiadas con los tratamientos que el médico peruano ha ofrecido por más de 50 años en los que ha rescatado, promovido y empleado el conocimiento que heredó de sus ancestros.

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