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Investiga CIDH a CEDH Sonora

 
 
Alejandro Matty Ortega/Esfera Noticias 
 
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos investiga al presidente de la CEDH Sonora, Luis Fernando Rentería Barragán, por los despidos masivos, injustos e injustificados del personal los meses de marzo, abril y mayo.
 
El abogado Santos Morales Borbón informó a AM Diario que ante el desinterés del Congreso del Estado, CNDH y Comisiones Estatales, elevó la queja al organismo internacional de derechos humanos.
 
El ex Visitador Adjunto de la Comisión Estatal de Derechos Humanos estableció que se optó por acudir a instancias internacionales por la omisión y desinterés de las y los diputados de Sonora.
 
Morales Borbón dijo que "por ello se presentó una solicitud de medidas cautelares siendo remitida vía correo electrónico, la cual fue confirmada su recepción el día 08 de julio de 2022, donde se registró con el número de petición P-1247-22, así como el número de medida cautelar MC-543-22"
 
Apuntó que "ello ante las evidentes violaciones de derechos humanos, de la que muchos servidores públicos fuimos objeto, para que sea por fin en el marco del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, donde podamos ser escuchados quienes fuimos despedidos por Rentería Barragán de manera masiva, injusta e injustificada".
 
El ex funcionario de la CEDH Sonora precisó que "los despidos, fuera de la legalidad, fueron llevados a cabo en dos rondas importantes de despidos injustificados siendo en ambas ocasiones 10 personas y una tercera ronda con sólo cinco personas despedidas, siendo comunicada la situación a la opinión pública y los servidores públicos del ámbito estatal y nacional".
 
El licenciado Santos Morales Borbón enumeró las acciones llevadas a cabo ante el abuso y la ilegalidad cometida por Luis Fernando Rentería Barragán con los despidos injustificados del personal a su llegada a la presidencia de la CEDH Sonora.
 
1.- Primeramente vía correo electrónico el día 17 de mayo de 2022, en un escrito que fue dirigido al Congreso del Estado de Sonora, el cual no encontró ningún tipo de eco.
 
2.- Posteriormente, el día 20 de junio de 2022, a través de la Ley Estatal de Transparencia, se realizó solicitud de información pública, por medio de escrito dirigido a las cuatro principales fuerzas políticas, sin que exista respuesta al día de hoy, para efecto de conocer la razón de la falta de acciones por parte de dichos servidores públicos.
 
3.- De nueva cuanta vía correo electrónico de fecha 07 de julio del año 2022, se vuelven a denunciar los hechos, ante la tercer ola de despidos injustificados a la legislatura sonorense con copia para la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, (CNDH) Secretaría de Gobierno del Estado de Sonora, servidores públicos del ámbito estatal, del ámbito jurisdiccional estatal y federal, sin dejar de lado a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y diversos medios de comunicación, sin que exista ningún tipo de reacción al día de hoy.
 
4.- Por lo que en atención al evidente silencio y complicidad de las autoridades selladas, se optó por acudir a instancias internacionales.
 
 Por ello se presentó una solicitud de medidas cautelares siendo  remitida vía correo electrónico, la cual fue confirmada su recepción el día 08 de julio de 2022, donde se registró con el número de petición P-1247-22, así como el número de medida cautelar MC-543-22.
 
Ello ante las evidentes violaciones de derechos humanos, de la que muchos servidores públicos fuimos objeto, para que sea por fin en el marco del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, donde podamos ser escuchados ya que en nuestro propio país no pudimos contar con el acceso a la justicia, que se supone establece el orden jurídico nacional a través de los artículos 14, 16, y 17 Constitucionales, y la propia Ley Federal del Trabajo.
 
Morales Borbón dijo que el Estado Mexicano puede ser sanciodo por estás omisiones con los alcances de los artículos 25 y 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) y su correspondiente impacto con el derecho al trabajo, ya que la Corte Interamericana ha realizado sentencias sobre casos concretos en los cuales ha dado su fallo en casos como son en la sentencia “Lagos del Campo vs Peru”, “Spoltore vs. Argentina”, y “Empleados de la fábrica de fuegos en Santo Antonio de Jesús vs Brasil” 
 
En dichas sentencias la Corte IDH aborda el derecho al trabajo como un derecho autónomo, que genera responsabilidad internacional de los Estados, y que es exigible de manera directa ante el Sistema Interamericano.
 
Por lo que en el caso que nos ocupa, "seguramente habrá de fallar a favor de los ex trabajadores y pasar a ser un hecho inédito que un Organismo Defensor de Derechos Humanos sea señalado como violador de derechos humanos por parte de un organismo internacional, y que desde luego se habrá de seguir comunicando a la opinión pública estatal y nacional, el sentir del Órgano Internacional que habrá de expresar próximamente".
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