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Pornografía, corrupción, abuso y turismo sexual, serán delitos que no prescribirán

LA NO PRESCRIPCIÓN DE DELITOS SEXUALES CONTRA MENORES, UN PASO CLAVE EN LA PROTECCIÓN DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES: ALUMBRA

La reforma aprobada por el Senado de la República responde a la demanda de grupos de la sociedad civil y representa un primer paso hacia la protección integral de la población infantil.

Ciudad de México.- La Comunidad de Conocimiento Alumbra celebra la reciente aprobación de la reforma al Código Penal Federal para que los crímenes sexuales cometidos contra niños, niñas y adolescentes no prescriban.

Alumbra, iniciativa de Early Institute integrada por 50 organizaciones de la sociedad civil e instituciones, reconoce el consenso logrado en el Senado de la República que permitió la aprobación legislativa  para que estos ilícitos se puedan sancionar sin importar cuánto tiempo haya pasado, de esa manera no se extingue la responsabilidad penal.

El objetivo principal de nuestra comunidad es prevenir la violencia sexual infantil en México, a través de la generación de conocimiento y el desarrollo de capacidades de actores clave para enfrentar la problemática, es por eso por lo que valoramos los cambios en el Código Penal tendientes a evitar que quienes cometan este tipo de agresiones contra niñas, niños y adolescentes queden impunes.

Desde nuestro punto de vista, la reforma aprobada para que los delitos de  distribución de pornografía infantil, corrupción de menores, pornografía y turismo sexual infantil, así como el acoso sexual de menores de edad, sean catalogados como imprescriptibles, es apenas un punto de partida muy importante para legislar y ejecutar políticas públicas en favor de la infancia, precisa Alumbra.

Como parte de estas nuevas disposiciones, los agresores serán investigados, enjuiciados y condenados, es decir se podrán emprender las acciones legales correspondientes sin importar que hayan pasado muchos años después de perpetrada la agresión.

Otros delitos que también podrán ser perseguidos en todo momento son: lenocinio, pederastia, abuso sexual, tener cópula con un adolescente mayor de 15 años y menor de 18, obteniendo su consentimiento por medio de engaños, así como la violación equiparada contra este sector de la población que no tiene la capacidad de comprender el significado del hecho o por cualquier causa que no pueda resistirlo.

Early Institute, el primer think tank mexicano, que cuenta con más de 15 años de experiencia en la protección y el combate a la violencia sexual en contra de niñas, niños y adolescentes y su iniciativa Alumbra, resaltan  la importancia de esta reforma, que sin duda sienta un buen precedente en la responsabilidad colectiva de prevenir la violencia y el abuso sexual en contra de este sector de la población.

Para los especialistas y expertos que dan seguimiento a los indicadores del bienestar integral de niñas, niños y adolescentes, la no prescripción de este tipo de delitos sexuales son resultado de una demanda de víctimas y sociedad civil en general.

Desde www.alumbramx.org el llamado es al Poder Legislativo, a nivel federal y local, para que promuevan reformas con perspectiva de niñez y no desde un punto de vista “adulto céntrico” de los fenómenos y prácticas que aquejan a la niñez mexicana.

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