Sólo 2.3% de los asesinatos en México son clasificados como acto de violencia de género.
En reunión ordinaria, la Primera Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y de Justicia, que preside el senador Raúl Paz Alonzo, aprobó 13 dictámenes sobre puntos de acuerdo que le fueron turnados por la Mesa Directiva de la Comisión Permanente.
Uno de ellos, exhorta a los congresos locales de todas las entidades federativas a realizar las reformas necesarias para tipificar el delito de feminicidio, partiendo del concepto y las penas contempladas en el Código Penal Federal.
De acuerdo con datos del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en 2018 se registraron 28 mil 816 homicidios dolosos. De dichos crímenes, los ministerios públicos locales de los estados reportaron sólo 834 como feminicidios; es decir, sólo 2.3% de los asesinatos ocurridos cumplieron con los requisitos para ser clasificados e investigados como un acto de violencia por cuestiones de género.
La propuesta señala que, aunque hace años se tipifico el feminicidio a nivel federal, en la actualidad sólo 19 entidades federativas del país cuentan con un tipo penal que cumple total o parcialmente con las características para poder acreditar el delito, el resto no cuenta con un tipo penal adecuado.
El texto referido busca que la definición establecida en el Código Penal Federal prevalezca en todas las entidades federativas, que unifique criterios y que capacite a los encargados de la impartición de justicia para que ningún crimen quede impune.