Debe considerarse como una infracción grave que amerita la destitución
La diputada Nelly Maceda Carrera, secretaria de la Comisión de Asuntos Migratorios, promueve una iniciativa para sancionar a los servidores públicos del Instituto Nacional de Migración que propicien o coaccionen de manera probada, con dolo o por negligencia, la trata de personas y/o tráfico ilegal de migrantes.
La propuesta, que reforma el artículo 140 de la Ley de Migración, establece que estas faltas se considerarán como una infracción grave y se sancionarán con la destitución.
La legisladora argumentó que el delito de trata de personas ha tenido un alza, propiciada por la dinámica migratoria junto con “la corrupción e impunidad de líderes y autoridades del ramo, así como la vulnerabilidad en la que se encuentran algunos sectores sociales”.
En su iniciativa, la diputada aseveró que, de acuerdo con algunos informes internacionales, nuestro país durante el 2018 no cumplió plenamente con las normas mínimas para la eliminación de la trata de personas; sin embargo, “se reconoce que a pesar de que hay la intención, pone en evidencia la corrupción que existe ante la impunidad de los funcionarios o gobernantes y la ausencia de una legislación adecuada y coherente ante el escenario internacional”.
Maceda Carrera enfatizó que se ha fortalecido el marco jurídico para erradicar el delito de trata, pero “esta actividad sigue siendo un gran negocio de los grupos delincuenciales, los cuales con el apoyo de algunos elementos de los cuerpos de seguridad y principalmente con la complicidad de los servidores públicos que ejercen el proceso de control migratorio, han afectado al combate de este delito”.
Recordó que la trata de personas está tipificada en la vigente Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, donde refiere que “toda acción u omisión dolosa de una o varias personas para captar, enganchar, transportar, transferir, retener, entregar, recibir o alojar a una o varias personas con fines de explotación se le impondrá de 5 a 15 años de prisión y de mil a veinte mil días multa, sin perjuicio de las sanciones que correspondan para cada uno de los delitos cometidos, previstos y sancionados en esta ley y en los códigos penales correspondientes”.
En la actualidad, dijo, hay instrumentos internacionales como tratados, pactos, acuerdos y protocolos que obligan al Estado mexicano al respeto de los derechos humanos y a la sanción y prevención de la trata de personas.
Por ello, estimó necesario combatirlo porque “es favorecido por la corrupción de algunos servidores públicos que ejercen la potestad legal expresamente conferida para realizar funciones y actos de autoridad en materia migratoria, y en coherencia a las recomendaciones internacionales”.