En esta primera intervención arrastrando la pluma digital, es menester para la de la voz, hablar sobre la frecuencia con la que los oprimidos, sin importar género, levantan la voz.
Por Nayely De Jesús
Cientos de grupos minoritarios, discriminados y violentados desde hace años, han comenzado a exigir tratos justos. Y es entre estos clamores que se han levantado quienes sufren de violencia política de género. Exigencia social presente desde hace tiempo en las tintas de cientos de libros, manuales, protocolos o leyes, pero, desafortunadamente, de reciente visibilidad en las agendas sociales y gubernamentales.
Se puede definir a la violencia política de género, según diversos autores, agencias internacionales y organizaciones de la sociedad civil, como el conjunto de acciones u omisiones dirigidas hacia mujeres, cuyo propósito es obstaculizar o anular el reconocimiento, ejercicio y/o goce de cualquier derecho político-electoral o ejercicio de un cargo público, por el simple hecho de ser mujer.
Debe tenerse cuidado al hacer uso de este concepto, pues no todo acto de violencia hacia una mujer puede ser catalogado como violencia de género, y la violencia política no es la salvedad. Los criterios a partir de los cuales se clasifica y mide este fenómeno parten, en primer lugar, de la distinción entre sexo y género. El sexo es una clasificación biológica que distingue a machos y hembras conforme a rasgos físicos (principalmente).
Por otro lado, el género es una clasificación cultural, una construcción social que determina personalidad, roles, acciones, entre otros, de un género u otro. Para ejemplificar esta distinción, basta con observar el uso (legítimo y arbitrario) que se le ha dado al término en nuestro país. Un claro ejemplo es el de Mariana Rodríguez, esposa de Samuel García, quien acusa al INE de violentarla políticamente por cuestión de género.
Esto por haber multado al ex candidato y ahora gobernador, por no haber contabilizado dentro de su reporte de gastos la publicidad en redes sociales y fotografías realizadas por Mariana Rodríguez a favor de su pareja. En este caso, la acción es en contra de Samuel García, por lo cual en ningún momento se están coartando los derechos políticos de Mariana Rodríguez.
Además, el tema es una cuestión de índole administrativa, y no se observa condicionamiento alguno al hecho de que ella sea mujer. Por el contrario, existen varios casos documentados en Oaxaca y Guerrero, donde se niega el derecho a votar y ser votadas a las mujeres. Llegándose incluso a impedir o negar la toma de posesión de una candidata.
Este ejemplo es violencia política de género porque se está limitando el ejercicio de los derechos político electorales a una mujer, por el rol que en la sociedad se le ha asignado. Esto es apenas la punta de un inmenso iceberg sumergido en un mar de conceptos difusos y confusos que, cada semana, me propongo dilucidar a través de estos pensamientos que, cierta estoy, son de muchos adentros. “Me despido enviándoles un cordial saludo y dejando la pluma en el tintero, porque estas líneas seguirán surcando la superficie digital.”